jueves, 18 de octubre de 2012

Procesan a empresario por delitos de lesa humanidad


“Instigador de imposición de tormentos”
El dueño de la empresa de transporte La Veloz del Norte, Marcos Jacobo Levin, fue procesado por haberse valido de un policía que actuaba en un centro clandestino para secuestrar a Víctor Manuel Cobos, delegado gremial, y someterlo a vejámenes.

Por Alejandra Dandan
El primer momento llegó. El juez federal de Salta Leonardo Bavio procesó al empresario Marcos Jacobo Levin por considerarlo prima facie como “instigador del delito de imposición de tormentos” sobre Víctor Manuel Cobos en 1977. Levin era (y es) propietario de La Veloz del Norte, una de las compañías de transporte más importante del país. Cobos era chofer de la empresa, delegado gremial de UTE y parte de una familia de perseguidos políticos. El de Bavio es el primer procesamiento que pone una marca en la responsabilidad de los empresarios durante la dictadura. El juez procesó además a un grupo de policías. A criterio de la querella, la resolución es un avance, aunque sostienen que dejó varios reclamos pendientes. Por un lado, la figura del “instigador” que parece poco, pero sobre todo analizan los criterios por los cuales el juez dejó fuera de la “imprescriptibilidad” denuncias por tormentos de otras víctimas.

El llamado a indagatoria se conoció a fines del año pasado. Catorce choferes y azafatas de la empresa denunciaron a Levin y, entre otros policías, a Víctor Bocos, que era a la vez empleado de la firma y subjefe de la comisaría 4 de la policía de Salta, lugar que fue centro clandestino. Los empleados fueron trasladados por Bocos, y en algunos casos por Levin, desde la empresa hasta la comisaría; los sometieron a tormentos para obligarlos a confesar y hacerse responsables de un supuesto delito de estafa. Levin había abierto una causa penal ordinaria en ese momento por una diferencia de dinero con los boletos. A criterio del juzgado, usó a los policías para conseguir la confesión a través de las torturas. Como todas las víctimas fueron torturadas, las querellas creen que Bocos y Levin deben ser acusados por todos. El juzgado tomó otro criterio. Aquí Bavio explica razones y alcances de esta causa que puede iluminar otros procesos muy cerca.

–¿Cuál es para usted el punto central del procesamiento?

–En particular la idea fuerza es que un empresario muy fuerte de ese momento trató de captar entre sus miembros principales a un policía que integraba la Seccional 4, represora por su naturaleza. Esa persona le sirve de nexo para controlar la desobediencia laboral, mantener los vínculos laborales y también policiales. Para mí esa era la esencia, se advirtió que esta persona (Levin) laboralmente necesitaba echar empleados por un problema menor, porque había habido una pequeña defraudación e hizo que esta policía los sometiese a apremios aberrantes. En el caso específico de Víctor Cobos consideré que el delito es de lesa humanidad porque se advierte muy nítidamente que fue al que castigaron con más ahínco. Era delegado gremial de la UTA, estaba comprometido ideológicamente, su familia estuvo signada por la tragedia. En este momento se está haciendo el juicio oral por Víctor Brizzi, el marido de Cristina Cobos, y por Martín Cobos, al que mataron cuando buscaban a otro de los hermanos. El hecho gremial y político surge muy claro en esta causa: la comisaría 4 era un centro clandestino en el que estas cosas estaban siendo reprimidas.

–En la denuncia original se habló también de otras víctimas.

–El tema es que no se va a reflotar todo apremio, toda tortura ocurrida en esa época cuando tienen características de delito común por más graves que sean. La diferencia en el caso de Cobos es ese matiz ideológico y gremial, donde este empresario instruyó a su dependiente policía para reprimir, y se advierte que por esas características Cobos fue más perjudicado que los otros. Eso fue muy claro. Las pruebas en esta causa fueron concluyentes. Se ve claramente que muchos choferes y azafatas habían sido torturados. Son 14 testigos que lo dijeron, no falta prueba, al contrario. Pero esa prueba respecto de ellos sirve para el caso de Cobos, pero con respecto a ellos se advierte más el carácter de delito común porque no eran delegados de UTA, sino que aparecen reprimidos en esta causa de defraudación. Por eso, lo complejo fue diferenciar una causa penal provincial, otra de tormentos y la de lesa humanidad, que advertí sólo en el caso de Cobos.

–¿Aunque hayan pasado por un lugar que era centro clandestino?

–Sí, es cierto, pero era además una comisaría común, atendía todo tipo de delitos comunes también. Evidentemente, digamos, signados por esas ideologías y formas de represión que quedaron expuestas en el informe de Conadep. Pero no considero que todo apremio en esa comisaría sea de lesa humanidad, a mi juicio no cambian las cosas, pero la verdad es un argumento a tener en cuenta.

–Otros denunciantes también hablaron de la cuestión gremial.

–Algunos eran simpatizantes, otros fueron afiliados, pero los que aparecen sosteniendo esta postura más claramente son Vázquez en Tucumán y Cobos en Salta. Las otras personas dijeron: “A mí me torturaban porque era amigo de Cobos”. O: “Yo era afiliado, pero no participaba”. Además también he descartado algunos testigos que sostuvieron un perfil sindical medio artificialmente. Traté de ser objetivo técnicamente para consolidar el futuro y esperar la confirmación de las Cámaras. Podrá ser discutido. Podrán plantearme la lógica del contexto del hecho porque sí es cierto que fue realizado en el año ’77, en el contexto del terrorismo de Estado, pero no toda tortura es lesa humanidad, si no tendríamos que reabrir todos los hechos. Aquí es que opino así, por supuesto que puede ser apelado, en ese momento asumiremos el caso de todos los demás. Cobos fue el que dijo que participó de reuniones con el imputado por el tema de las huelgas, los demás no dicen. Dicen “me acusaron de defraudación”, que es un delito provincial. O: “me obligaron a confesar por torturas”. No se advierte el carácter gremial como algo fuerte.

–¿Para qué usó la empresa las torturas?

–El principal objetivo era tratar de que confiesen para despedirlos; que digan que habrían participado de la defraudación. Como ese hecho había sucedido antes, usaron este método para probarlo, la confesión; los torturaron, los despidieron, pero no estaba el tinte gremial en los otros, por lo menos no está probado hasta ahora. La verdad, en principio, el hecho habría existido pero, por ejemplo, se trataba de una diferencia en los pasajes. Ese hecho en modo alguno justificaba las torturas.

–Los defensores de Levin dijeron que como él no participó del Estado no puede ser acusado por terrorismo de Estado. Usted dijo lo contrario.

–A mí los defensores me presentaron un pedido por “falta de acción”. Yo marqué una tipicidad muy nítida. Cuando lo cité a indagatoria ya había valorado los elementos de sospecha para que comparezca y consideré que debía comparecer. Con respecto a los delitos de lesa humanidad, me dijeron que estaban pensados para integrantes del aparato del Estado, pero les dije que no se investigaba un delito común, sino tormentos en el que actuó un policía y en el que un empresario aparece instigando por razones ideológicas y gremiales. La acción penal está vigente, no se investigan hechos pasados, sino un hecho que puede ser de lesa humanidad.

–Siempre se dijo que en esta causa el compromiso empresario aparece claro por el encuadre en “un hecho de sangre”. Levin prestó sus autos para los traslados. Los testigos dijeron que lo vieron en la comisaría. Alguno lo reconoció incluso por el perfume.

–Las pruebas sobre Levin fueron tan contundentes que el propio policía y subjefe de la 4 dice que Levin fue tres veces, aunque en su defensa dice que se comunicaba con otro policía y no con él. Todos los testigos dicen que iba a verlo a él, y en este caso hubo hasta presencia material. Cuando yo digo instigador, en realidad esa es la figura que tenemos, pero es un autor intelectual, porque es tan o más reprochable que los policías.

–¿Cree que puede servir este procesamiento para iluminar otros procesos?

–Hablar en general, de otros casos, es más difícil; en mi caso es sencillo desde el punto de vista de las pruebas. Lo que no es sencillo es avanzar en la provincia de Salta, un pueblo chico, con muchas presiones.

domingo, 7 de octubre de 2012

“La Policía me lo ha matado”, acusó la viuda de Luciano Jaime


“Irma Rosa, viuda de Jaime”, se presentó la primera testigo de la jornada de la víspera en el megajuicio que por delitos de lesa humanidad se lleva a cabo en Salta. Irma Rosa Chica rompió un silencio de más de 30 años para dar su testimonio ante el Tribunal en lo Federal. Acusó a los ex jefes policiales Joaquín Guil, Roberto Arredes, Enrique Trovatto y Abel Vicente Murúa de ser algunos de los autores del homicidio de su marido, el periodista y militante peronista Luciano Jaime, cometido entre el 12 y el 14 de febrero de 1975.
Guil está siendo juzgado por el secuestro y asesinato de Jaime. Arredes, recién comienza a ser investigado. Murúa y Trovatto están fallecidos.
 “La Policía me lo ha matado. En ese entonces estaba un grupo, yo me acuerdo de 4 nombres pero era un grupo, que era una mafia que estaba metida en la Central (de Policía). Había sucuchos así, ahí picaneaban, torturaban a la gente”, aseguró Chica. Dijo que estas prácticas se aplicaban a los presos por razones políticas y los presos comunes, como en 1982 le pasó a su hermano, quien fue detenido acusado falsamente por un robo y sufrió la tortura.
Sobre la desaparición de su marido, Chica recordó que el 12 de febrero, cuando no regresó de su trabajo en el diario E Intransigente, se preocupó mucho porque no era común que no le avisara. Por eso comenzó a buscarlo esa misma noche. Al otro día difundió un comunicado de búsqueda de persona. El 15 la llamaron de la Central para que fuera a reconocer la ropa que supuestamente se había encontrado con los restos del cuerpo de Jaime, sometido a una explosión en el paraje El Encón Chico. “Entro y nada más ver la ropa, la reconocí”. “Me puse tan mal que empecé a gritar, porque yo me di cuenta quiénes lo habían matado”.
Chica aseguró que una vez Jaime le confió que habían llamado al diario preguntando si él estaba trabajando, dijeron que sí: “Ah, bueno, ya no va a trabajar más”, fue la respuesta. En otra ocasión en que estaba cubriendo un allanamiento, un hombre le advirtió: “Cuidesé porque lo andan siguiendo”. Y como un mes antes de su muerte, fue detenido en la Central y fue liberado en la Federal.
Chica recordó que su marido le dijo que vio en la Jefatura a Eduardo Fronda, el militante peronista que apareció asesinado el 8 de enero de 1975, sobre el que Jaime hizo la cobertura en El Intransigente y que al parecer fue uno de los motivos de su muerte. “La Policía le tenía bronca a él, le tenía una bronca espantosa, porque no podía pegar un soplido y ya se enteraba él, se enteraba de todos sus chanchullos”, aseguró.
Añadió que después del homicidio supo que Jaime se preparaba a exiliarse en Cuba, y que su salida se demoró porque pretendía ir con ella.
Chica fue secuestrada, unos seis meses después. Un grupo de hombres, ella está segura que eran policías, irrumpió en su casa a eso de las 2,30, le robaron joyas y libros que eran de Jaime y se la llevaron; “semidesnuda”, la arrojaron en la caja de una camioneta que usaba el Ejército, le taparon la boca con trapos y la sacaron hasta un monte, por la zona de Atocha, donde le exigieron que se pusiera de rodillas y comenzaron a alejarse apuntándole con armas largas tipo ametralladoras PAM: “Me encomendé a Dios porque yo no tenía culpa de nada, siempre he sido pobre”, recordó antes de largar el llanto. Pidió disculpas y siguió: “Doy gracias a Dios que no me mataron. Me dejaron tirada ahí. Si me mataban, bueno. Porque ellos eran dueños y señores de la vida de la gente. (…) Han hecho lo que se le ha dado la gana. ¿Por qué (mataban a la gente)? Por sus ideas. Entonces no se puede tener una idea. Hay que ser como ellos, maleantes, asesinos. Jamás en la vida he visto una cosa tan aberrante así”.

Un sumario de inconsistencias  

El policía retirado Modesto Casimiro dijo ayer que no es suya la firma que aparece en el acta que da inicio al sumario policial comenzado el 14 de febrero de 1975, tras el hallazgo de los restos del cuerpo del periodista Luciano Jaime, en el paraje El Encón Chico, jurisdicción de Campo Quijano.
Esta es una más de las irregularidades del sumario realizado por el oficial auxiliar Víctor Hugo Almirón en la órbita de la Dirección de Contralor General, cuyo jefe era el comisario Roberto Arredes, uno de los sindicados como responsables del homicidio de Luciano Jaime.
Casimiro empezó su declaración contradiciendo afirmaciones que constan en el sumario. El querellante Matías Duarte le pidió que reconociera la firma en el acta del 14 de febrero de 1975, realizada por el suboficial Rómulo Sosa, y en cuyo pie aparece un Casimiro, como testigo presencial. El policía la desconoció: “Yo tengo otra firma”, insistió.
En esa época Casimiro era agente en el Destacamento de San Luis. Ayer recordó que ni bien tomó el turno del 14 de febrero, a las 7, recibió la orden de ir a inspeccionar el lugar donde el empleado rural Mariano Padilla había hallado los restos humanos. Aunque le hicieron notar que en el acta que se indica que la Policía recién se anotició de este hecho a las 18 de ese día, el policía insistió en que fue por la mañana. Tampoco recordó haber visto en ese lugar la ropa (retazos de una camisa y un pantalón) que figura en el acta como encontrada allí mismo y por la que la mujer de Jaime pudo reconocerlo.
El cuerpo de Jaime fue sometido a una explosión. Se estima que antes fue asesinado a tiros, porque se encontraron 5 vainas servidas calibre 11.25. El médico legal Ernesto Gómez, que realizó la autopsia, sostuvo que la muerte se produjo entre las 21 y 23 del 12 de febrero (la misma noche en que fue secuestrado), y que ya había comenzado el proceso de descomposición.
Casimiro dijo que no había olor, que los restos no parecían estar en descomposición, y que la explosión parecía reciente.
Las “inconsistencias” entre el relato del testigo y el sumario policial motivaron a la querella a pedir una nueva declaración de Gregorio Galo Rodríguez, del Cuerpo de Bomberos, quien inspeccionó el lugar donde se encontraron los restos.  
El sumario tiene más anomalías: al comienzo los actuarios sostienen que interviene el juez de instrucción provincial Carlos Ulivarri; pero el 17 de febrero mencionan como actuante al juez federal Ricardo Lona. Y casi todos los informes son reenviados al director de Seguridad, Joaquín Guil, que está (precisamente) siendo juzgado ahora como uno de los autores del homicidio de Jaime. 
Por Elena Corvalan

miércoles, 3 de octubre de 2012

La Corte Suprema revocó el sobreseimiento del ex juez Lona


Otra vez bajo investigación

El ex magistrado está acusado por encubrir y no investigar la Masacre de Palomitas, como se conoce al fusilamiento de once presos políticos en 1976. El máximo tribunal destacó que “podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.

El ex juez salteño Ricardo Lona será nuevamente investigado por decisión de la Corte Suprema.

Ricardo Lona había zafado de su imputación por la Masacre de Palomitas, pero la Corte Suprema revocó el sobreseimiento del ex juez federal salteño acusado de encubrir y no investigar el fusilamiento de once presos políticos ocurrido el 6 de julio de 1976 durante la dictadura cívico-militar. “Corresponde revocar el sobreseimiento dictado con respecto al imputado Lona, para que se dicte un nuevo pronunciamiento en el que se evalúe qué medida corresponde”, afirmó el máximo tribunal en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carmen Argibay. De esta manera, un tribunal federal salteño deberá evaluar “qué medida corresponde adoptar con respecto a las imputaciones que fueron indebidamente excluidas y cómo deben conjugarse éstas con el reproche relativo a la omisión de investigar”, tras este fallo de la Corte que avanza en la necesidad del juzgamiento de los cómplices civiles del genocidio.

Lona fue acusado de no investigar la Masacre de Palomitas y del encubrimiento de este hecho, en el que once detenidos del penal de Villa Las Rosas fueron fusilados cuando eran trasladados a la provincia de Córdoba, en el paraje Palomitas, a 50 kilómetros de Salta capital, y también estuvo imputado de violación de los deberes de funcionario público. El juez federal 2 de Salta, Miguel Medina, le había dictado al ex magistrado la prisión preventiva por ese delito, pero lo sobreseyó por el encubrimiento, mientras que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró extinguida la acción penal por prescripción y lo sobreseyó.

“Circunscripto entonces su análisis a la omisión de investigar, la Cámara señaló que dicho ilícito no constituía un delito de lesa humanidad y que la acción penal a su respecto se encontraba prescripta; en consecuencia, el imputado Lona fue sobreseído”, dice el fallo, publicado ayer en la página de la Corte Suprema. Luego, explica que “la declaración de prescripción con respecto a la omisión de investigar, por un lado, y la decisión de no adoptar ninguna medida con respecto a los demás comportamientos, por otro, implicaron en definitiva sobreseer a Lona completa y definitivamente con respecto al hecho histórico investigado”. A criterio de los jueces supremos que firmaron el fallo, la decisión de la Cámara Federal a partir del sobreseimiento por prescripción de un hecho puntual “ha cancelado indebidamente la investigación de otros comportamientos que podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.

Esta causa llegó a la Corte Suprema a partir de los recursos extraordinarios interpuestos por Elia Fernández Alonso, representada por Daniel Tort; el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y el fiscal general de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, José Pérez. El máximo tribunal consideró procedentes estos recursos y, junto al análisis del dictamen de la Procuración General de la Nación sobre el caso, decidió “revocar la sentencia apelada”.

Lona sigue sumando problemas en su frente judicial porque a este fallo se suma el de Casación, de hace un año, que reabrió una causa por el presunto encubrimiento del secuestro y desaparición del ex gobernador de Salta Miguel Ragone, el 11 de marzo de 1976. El 18 de febrero de 2004, el jury de enjuiciamiento lo había salvado de la destitución, pero al día siguiente el presidente Néstor Kirchner aceptó la renuncia que Lona había presentado para evitar el juicio.

Fuente: Pagina 12