miércoles, 3 de octubre de 2012

La Corte Suprema revocó el sobreseimiento del ex juez Lona


Otra vez bajo investigación

El ex magistrado está acusado por encubrir y no investigar la Masacre de Palomitas, como se conoce al fusilamiento de once presos políticos en 1976. El máximo tribunal destacó que “podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.

El ex juez salteño Ricardo Lona será nuevamente investigado por decisión de la Corte Suprema.

Ricardo Lona había zafado de su imputación por la Masacre de Palomitas, pero la Corte Suprema revocó el sobreseimiento del ex juez federal salteño acusado de encubrir y no investigar el fusilamiento de once presos políticos ocurrido el 6 de julio de 1976 durante la dictadura cívico-militar. “Corresponde revocar el sobreseimiento dictado con respecto al imputado Lona, para que se dicte un nuevo pronunciamiento en el que se evalúe qué medida corresponde”, afirmó el máximo tribunal en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carmen Argibay. De esta manera, un tribunal federal salteño deberá evaluar “qué medida corresponde adoptar con respecto a las imputaciones que fueron indebidamente excluidas y cómo deben conjugarse éstas con el reproche relativo a la omisión de investigar”, tras este fallo de la Corte que avanza en la necesidad del juzgamiento de los cómplices civiles del genocidio.

Lona fue acusado de no investigar la Masacre de Palomitas y del encubrimiento de este hecho, en el que once detenidos del penal de Villa Las Rosas fueron fusilados cuando eran trasladados a la provincia de Córdoba, en el paraje Palomitas, a 50 kilómetros de Salta capital, y también estuvo imputado de violación de los deberes de funcionario público. El juez federal 2 de Salta, Miguel Medina, le había dictado al ex magistrado la prisión preventiva por ese delito, pero lo sobreseyó por el encubrimiento, mientras que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró extinguida la acción penal por prescripción y lo sobreseyó.

“Circunscripto entonces su análisis a la omisión de investigar, la Cámara señaló que dicho ilícito no constituía un delito de lesa humanidad y que la acción penal a su respecto se encontraba prescripta; en consecuencia, el imputado Lona fue sobreseído”, dice el fallo, publicado ayer en la página de la Corte Suprema. Luego, explica que “la declaración de prescripción con respecto a la omisión de investigar, por un lado, y la decisión de no adoptar ninguna medida con respecto a los demás comportamientos, por otro, implicaron en definitiva sobreseer a Lona completa y definitivamente con respecto al hecho histórico investigado”. A criterio de los jueces supremos que firmaron el fallo, la decisión de la Cámara Federal a partir del sobreseimiento por prescripción de un hecho puntual “ha cancelado indebidamente la investigación de otros comportamientos que podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.

Esta causa llegó a la Corte Suprema a partir de los recursos extraordinarios interpuestos por Elia Fernández Alonso, representada por Daniel Tort; el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y el fiscal general de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, José Pérez. El máximo tribunal consideró procedentes estos recursos y, junto al análisis del dictamen de la Procuración General de la Nación sobre el caso, decidió “revocar la sentencia apelada”.

Lona sigue sumando problemas en su frente judicial porque a este fallo se suma el de Casación, de hace un año, que reabrió una causa por el presunto encubrimiento del secuestro y desaparición del ex gobernador de Salta Miguel Ragone, el 11 de marzo de 1976. El 18 de febrero de 2004, el jury de enjuiciamiento lo había salvado de la destitución, pero al día siguiente el presidente Néstor Kirchner aceptó la renuncia que Lona había presentado para evitar el juicio.

Fuente: Pagina 12

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