domingo, 11 de febrero de 2018

Procesamiento de gendarmes, militares y policías por crímenes de lesa humanidad


Procesaron a gendarmes, policías y un militar por delitos de lesa humanidad cometidos en el norte de Salta

Lo resolvió el Juzgado Federal N°2 de la jurisdicción por privaciones ilegítimas de la libertad, vejaciones y apremios ilegales cometidos en perjuicio de 27 víctimas, aunque la investigación comprende a un total de 82 damnificados. El fallo alcanza a altos mandos de la policía provincial, el Regimiento de Infantería 28 y el Escuadrón 20 de Gendarmería.

En línea con lo solicitado por la Fiscalía Federal n°2 de Salta, el Juzgado Federal N°2 de Salta dispuso el procesamiento de siete acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el norte de esa jurisdicción durante el terrorismo de estado, en perjuicio de 27 víctimas. La resolución alcanza a ex integrantes de la plana mayor del Ejército, Gendarmería y la policía provincial por los delitos de privaciones ilegítimas de la libertad agravadas, vejaciones y apremios ilegales.

En la causa interviene el fiscal federal Eduardo Villalba con la colaboración de la Unidad de Asistencia para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, quien en abril del año pasado había solicitado que se le tome declaración indagatoria a los imputados por esa cantidad de víctimas. No obstante, la pesquisa continúa y comprende un total de 82 damnificados, lo que constituye en ese aspecto la causa de mayor envergadura de la jurisdicción.

Los procesamientos y embargos dictados por el juez federal Miguel Antonio Medina comprenden a los ex jefe y subjefe de la Policía de la Provincia de Salta, Miguel Gentil y Virtom Mendíaz, respectivamente; al miembro de esa fuerza, Arturo Madrigal; a los altos mandos del Escuadrón 20 de Gendarmería de Orán, Diego Alejandro Varas y Pablo Ramón Caballero, y a su subordinado y presunto autor material de varios de los delitos investigados, Alfredo Wenceslao Montoya; y al segundo al mando en el Regimiento de Infantería Monte 28 de Tartagal, el militar Ernesto Repossi. Respecto de todos ellos, a excepción de Montoya, el fiscal y el juez consideraron que fueron los autores mediatos de los hechos al tener su dominio funcional. También estuvo imputado hasta su fallecimiento el teniente coronel Héctor Ríos Ereñú, a quien el año pasado el Tribunal Oral Federal de Salta había condenado a prisión perpetua por tres homicidios, entre otros delitos.

La pesquisa  comprende un total de 82 damnificados, lo que constituye en ese aspecto la causa de mayor envergadura de la jurisdicción.

“Estos hechos ocurrieron en el norte del territorio provincial, entre los meses de marzo y abril del año 1976 y constan en las numerosas denuncias realizadas por las víctimas y que se fueron acumulando en autos conformando una mega causa, con toda la complejidad que ello trae aparejada”, explicó Medina en su resolución. En ese sentido, añadió que “los hechos investigados en consecuencia, los pedidos de informes solicitados, declaraciones testimoniales recibidas en distintas sedes y demás medidas de investigación realizadas, nos da una pauta de la envergadura de la presente causa y su consecuente complejidad”.

El fallo señala que “aquellas acciones reprochables fueron realizadas mediante la participación de grupos comando, armados, generalmente no uniformados, cuyos integrantes -en la mayoría de los casos- actuaban con sus rostros cubiertos y se identificaban como pertenecientes a alguna fuerza de seguridad, irrumpiendo en forma violenta en los domicilios particulares, procediendo en tales ocasiones a requisar las viviendas en búsqueda de documentación o bibliografía que no comulgara con el gobierno de turno, para luego llevarse a las personas sospechadas por la fuerza y en raudos operativos, con la evidente impunidad que implicaba la liberación previa de la zona”.

Asimismo, sostiene que “la persecución instaurada habría tenido un claro propósito de tipo político-ideológico, lo que constituye una demostración de las ilegales prácticas represivas materializadas en aquellos años por las fuerzas armadas y de seguridad, como parte de la instrumentación del terrorismo de Estado a través de las cuáles se buscó la eliminación física del oponente a quien se identificaba como ‘delincuente subversivo’”.

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